Cali, septiembre 23 de 2026. Actualizado: miércoles, septiembre 23, 2026 16:23
Una historia de amor, deudas y un héroe legal que aparece cuando todo parece perdido
Los embargos y las libranzas se pueden detener: la historia de amor en la que la insolvencia llegó como un superhéroe
ÁNGELA MARÍA CAICEDO
Abogada, Conciliadora y Comunicador Social-Periodista
Escritora Apasionada y Exploradora del Conocimiento Jurídico.
En Amor y Amistad, una historia que se repite en muchos hogares colombianos: el salario llega y desaparece entre libranzas, deudas y cobros.
La Ley 2445 de 2025 contempla la suspensión de ciertos descuentos cuando es aceptada la negociación de deudas.
“Amor, ¿qué vamos a hacer el sábado?”
Septiembre había llegado con su tradicional invasión de corazones.
Flores en las vitrinas. Chocolates.
Restaurantes ofreciendo cenas para dos. Promociones de Amor y Amistad.
Y redes sociales repletas de parejas jurándose amor eterno hasta que la contraseña del celular los separe.
A él le llegó un mensaje de su pareja:
—Amor, ¿qué vamos a hacer el sábado? Era una pregunta sencilla.
Además, esa misma mañana le habían pagado el salario.
Así que abrió tranquilamente la aplicación del banco para calcular cuánto podía gastar.
Y ahí se acabó el romanticismo.
La nómina había llegado.
Pero el dinero prácticamente ya se había ido.
Primero pasó una libranza. Después otro descuento. Luego una obligación automática.
Y lo poco que quedó tenía suficientes compromisos como para no sobrevivir demasiado tiempo en aquella cuenta.
Miró nuevamente el mensaje.
“¿Qué vamos a hacer el sábado?”
La respuesta real habría sido:
—Sobrevivir financieramente, mi amor.
Pero escribió:
—Hagamos algo tranquilo.
Porque existe una frase maravillosa que utilizamos cuando queremos conservar la dignidad económica:
“Hagamos algo tranquilo”.
Traducción: No tengo plata.
Cupido tenía flechas, pero no sabía cómo detener una libranza
El problema no había comenzado aquella mañana. Todo empezó mucho antes.
Primero fue un crédito manejable.
Después una tarjeta.
Luego apareció una emergencia. Otra obligación.
Y finalmente llegó esa frase que parece diseñada para producir tranquilidad:
“No se preocupe, la cuota se descuenta directamente de su nómina”.
Maravilloso. Automático. Cómodo.
Tan cómodo que meses después nuestro protagonista descubrió que todo el mundo parecía tener acceso preferencial a su salario menos él.
Trabajaba treinta días.
Llegaba la nómina.
Y comenzaba el desfile.
Uno cobraba.
Otro descontaba.
Otro esperaba su turno.
Y él observaba cómo el salario que acababa de recibir se despedía sin siquiera darle tiempo de conocerlo.
Aquella relación financiera empezaba a parecerse a una mala relación sentimental:
él ponía todo y los otros decidían qué hacer con ello.
El problema dejó de ser la cena cuando apareció una palabra mucho menos romántica
Al principio estaba preocupado porque no podía comprar un buen regalo.
Después dejó de importarle el regalo.
Una deuda completó más de tres meses atrasada.
Después otra.
Comenzaron las llamadas.
—Señor, nos comunicamos del área de cobranza…
Después llegaron mensajes.
Correos. Notificaciones.
Y finalmente apareció una palabra capaz de quitarle el sueño hasta a quien duerme como un bebé:
EMBARGO.
Ahí cambió completamente la historia.
Ya no pensaba:
“¿Dónde vamos a cenar?”
Ahora pensaba: “¿Hasta dónde pueden llegar?”
Después apareció la pregunta que realmente comenzó a perseguirlo:
“¿Y si pierdo mi casa?”
La cena romántica podía esperar. Su patrimonio, quizás no. Su pareja sabía que algo estaba pasando, pero él seguía diciendo la palabra favorita de quienes esconden un problema: “nada” Dormía mal.
Revisaba constantemente el celular.
Cuando entraba una llamada desconocida cambiaba inmediatamente la expresión.
—¿Te pasa algo?
—Nada.
Ese famoso “nada” que en las relaciones suele significar:
“Está pasando absolutamente todo, pero todavía no sé cómo contártelo”.
Le daba vergüenza reconocer que estaba financieramente desbordado.
Y eso ocurre más de lo que imaginamos.
Hay personas que cuentan tranquilamente que volvieron con el ex por quinta vez, que revisaron un teléfono mientras alguien dormía o que los dejaron por WhatsApp.
Pero si deben dinero responden:
“Todo bien”.
Mientras financieramente están a dos llamadas de cobranza de empezar a contestarle hasta al número equivocado.
Las deudas también se meten en la cama
Ese es uno de los grandes secretos de los problemas económicos. Las deudas no viven únicamente dentro del extracto bancario.
Viajan con usted al trabajo. Se sientan a desayunar. Aparecen cuando planea vacaciones.
Se atraviesan en una conversación de pareja.
Llegan a la mesa cuando los niños necesitan algo. Y algunas noches hasta se acuestan en medio de la cama.
Porque es difícil hablar de planes cuando una persona está calculando mentalmente qué deuda dejará de pagar para cubrir otra.
Nuestro protagonista llevaba meses haciendo exactamente eso.
Pagaba una obligación sacrificando otra. Tapaba un hueco. Abría dos.
Usaba crédito para pagar crédito.
Y todos los meses pronunciaba la misma frase:
“El próximo mes me organizo”.
El próximo mes nunca llegaba. Los acreedores sí.
Hasta que una noche decidió conocer al monstruo completo. Sacó documentos.
Abrió correos. Buscó extractos.
Anotó todas las obligaciones. Y sumó. Cuando vio el resultado, volvió a sumar.
No porque hubiera cometido un error.
Sino porque todos tenemos derecho a esperar que, por una vez en la vida, la calculadora se equivoque a nuestro favor.
No ocurrió.
Las cifras eran claras.Ya no podía continuar pagando de aquella manera.
Y en ese momento alguien le habló de una palabra que al principio le sonó casi tan aterradora como “embargo”.
INSOLVENCIA.
—¿Eso no es para alguien que ya lo perdió todo?
No necesariamente.
—¿Eso quiere decir que desaparecen mis deudas?
Tampoco.
—¿Entonces para qué sirve?
Ahí comenzó a cambiar la historia.
La insolvencia apareció como ese superhéroe que uno quisiera ver cuando todo parece perdido.
¿Quién no ha imaginado alguna vez estar acorralado y que, justo cuando el villano está a punto de ganar, aparezca un superhéroe?
Capa. Música épica. Una entrada espectacular. Y problema solucionado.
En materia financiera seguramente Superman no llegará volando por la ventana.
Batman tampoco parece atender procesos de insolvencia.
Pero la legislación colombiana sí contempla un procedimiento para las personas que cumplen determinadas condiciones y atraviesan una verdadera crisis económica.
La Ley 2445 de 2025 reformó el régimen de insolvencia de la persona natural y señaló entre sus finalidades facilitar la normalización de las relaciones crediticias de quien ha sufrido un quebranto económico, mediante la negociación con acreedores, la convalidación de acuerdos privados y, en los casos correspondientes, la liquidación patrimonial.
No significa borrar las deudas con una varita mágica.
Significa enfrentar el problema mediante unas reglas jurídicas.
Y para alguien que sentía que estaba encerrado en un callejón, aquello ya era mucho.
Hasta que hizo la pregunta que llevaba meses necesitando hacer
—¿Y qué pasa con las libranzas?
La respuesta hizo que prestara más atención.
La Ley 2445 de 2025 modificó el artículo 545 del Código General del Proceso y dispuso que a partir de la aceptación de la solicitud de negociación de deudas se suspenden los descuentos de nómina o de productos financieros, los pagos por libranza y otras formas de pago o abono automático o directo al acreedor previstas en la norma, con excepción de las obligaciones alimentarias.
Leyó esa frase nuevamente.
SE SUSPENDEN.
Y aquí existe un detalle importantísimo:
La ley habla de los efectos a partir de la aceptación de la solicitud.
No basta con decir:
“Voy a declararme insolvente”.
No basta con haber solicitado una cita.
No basta con guardar varios videos de insolvencia en TikTok.
Debe existir la aceptación del trámite en los términos establecidos por la ley.
Por primera vez en meses alguien podía poner un “ALTO”
Hasta ese momento, su historia financiera había sido sencilla:
Trabajar. Recibir sueldo. Descuento. Libranza. Otra cuota. Sobrevivir.
Ahora había descubierto que, si cumplía los requisitos legales y su solicitud era aceptada, la propia ley establecía efectos concretos frente a esos descuentos.
Y entonces preguntó algo todavía mejor:
—¿Qué pasa si siguen descontando?
Aquí el asunto se puso interesante.
Cuando jurídicamente le dijeron “se acabó”, no puede comportarse como el ex que todavía cree que están juntos.
La misma disposición establece que los actos realizados contrariando esa suspensión son ineficaces de pleno derecho.
Además, prevé que el conciliador comunique la situación al pagador y al acreedor y ordene la devolución inmediata al deudor de las sumas pagadas o descontadas en esas condiciones.
La norma también establece responsabilidad solidaria del pagador y del acreedor desde que reciben la comunicación correspondiente.
Sí.
Devolución.
En materia sentimental, lograr que un ex devuelva hasta la camiseta prestada puede convertirse en proceso diplomático internacional.
Aquí estamos hablando de algo jurídicamente bastante más serio:
si el descuento se realiza contrariando la suspensión legal y concurren las circunstancias previstas en la norma, existe una orden de devolución.
Nuestro protagonista finalmente sintió que aquella historia tenía un giro.
Pero había algo más: los cobros tampoco podían seguir jugando como si el procedimiento no existiera.
La Ley 2445 también regula las consecuencias de determinadas diligencias judiciales o extrajudiciales de cobranza cuando el titular o cesionario ya ha sido directamente comunicado de la admisión del deudor al procedimiento.
El artículo 545 contempla progresivamente un llamado de atención, una amonestación y, posteriormente, la postergación del pago de las obligaciones del acreedor; desde posteriores actuaciones puede darse traslado a la Superintendencia Financiera o a la Superintendencia de Industria y Comercio, según sus competencias, para las consecuencias previstas por la ley.
Traducido:
Una vez informado el procedimiento, hacerse el que no recibió el mensaje puede salir caro.
Pero entonces llegó la conversación verdaderamente difícil. Esa noche regresó a casa.
Su pareja volvió al tema.
—Entonces, ¿qué vamos a hacer para Amor y Amistad?
Esta vez decidió no esconderse.
No dijo que estaba cansado.
No culpó al trabajo.
Y tampoco utilizó el tráfico como excusa, que en Colombia sirve para llegar tarde, cancelar reuniones y probablemente algún día hasta para explicar un divorcio.
Sacó una carpeta.
La puso sobre la mesa.
Y habló.
Le contó cuánto debía.
Las libranzas.
Las cuotas vencidas.
Los cobros.
Las llamadas que llevaba semanas ocultando.
Y finalmente confesó lo que realmente le daba miedo:
—Tengo miedo de perder lo que hemos construido. Ella miró los papeles.
Después lo miró a él.
Y solamente preguntó:
—¿Hay una salida?
—Estoy revisando si puedo acogerme al procedimiento de insolvencia.
Ella volvió a mirar la carpeta.
Y respondió:
—Entonces solucionemos esto primero.
Tal vez ahí estaba el verdadero Amor y Amistad. No hubo restaurante costoso.
No hubo reloj. No hubo perfume.
No hubo un ramo tan grande que necesitara permiso de construcción. Hubo una mesa.
Dos personas.
Y una carpeta llena de deudas. Nada particularmente atractivo para Instagram.
Pero quizá bastante más cercano a lo que significa acompañar realmente a alguien.
Porque amor no es solamente viajar cuando todo va bien.
También es sentarse frente a una crisis y preguntar:
“¿Qué vamos a hacer?” Y amistad no es solamente brindar cuando sobra dinero.
A veces es decirle a alguien:
“Deje de esconderse y busque ayuda antes de que el problema sea mayor”.
Eso sí: la insolvencia no es un botón mágico para dejar de pagar
No toda persona que tiene deudas puede acogerse automáticamente al procedimiento.
La Ley 2445 de 2025 establece supuestos concretos de cesación de pagos.
Entre ellos, contempla que una persona incumpla dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores durante más de 90 días, o que existan dos o más procedimientos públicos o privados de cobro de los contemplados en la norma.
Además, establece como regla un porcentaje mínimo del 30% del pasivo total para las obligaciones consideradas, con el tratamiento específico que la misma disposición da a las obligaciones pagadas mediante libranza o descuento de nómina.
Por eso cada caso requiere revisión.
Cuánto debe.
A quién.
Desde cuándo.
Cuáles obligaciones tienen garantía.
Qué cobros existen.
Qué bienes posee.
Qué descuentos se están realizando.
Porque una cosa es tener una deuda.
Y otra encontrarse jurídicamente en los supuestos establecidos para acudir a insolvencia.
Llegó finalmente el sábado
No hicieron una gran celebración.
Compraron algo sencillo.
Se sentaron juntos.
Y sobre la mesa continuaba aquella carpeta.
Por primera vez, él no la escondió.
Levantó su vaso y dijo:
—Perdón por no haberte contado antes.
Ella respondió:
—Brindemos porque empezaste a solucionarlo.
Y brindaron.
Las deudas no habían desaparecido.
No existía todavía un final feliz garantizado.
Nadie había llamado para decir:
“Señor, tranquilo, todo lo que debía era una broma”.
Pero había ocurrido algo importante.
Por primera vez en meses él sabía que el problema podía enfrentarse.
Que existían reglas.
Que había derechos que debía conocer.
Y que buscar orientación a tiempo podía marcar una enorme diferencia.
Quizá aquel año no recibió el regalo que esperaba.
Pero comenzó a buscar algo mucho más valioso: una segunda oportunidad.
LLAMADO A LA ACCIÓN
Si esta historia se parece demasiado a la suya, si las libranzas están consumiendo sus ingresos, tiene varias obligaciones vencidas, existen procesos de cobro o siente que su patrimonio podría estar en riesgo, no espere a que el problema llegue al punto en que otros comiencen a tomar decisiones sobre sus bienes y sus ingresos.
Cada situación es diferente y debe estudiarse antes de determinar si cumple los requisitos de insolvencia. Llámeme o escríbame al (316) 212 4646 y revisemos jurídicamente su situación, sus obligaciones y las alternativas que podrían existir en su caso.
Buscar orientación oportunamente puede ser mucho más importante que seguir escondiendo las cartas de cobranza en un cajón.
Si ya fue aceptado en un trámite de negociación de deudas y continúan efectuándose libranzas o descuentos que deberían estar suspendidos, también es importante revisar qué ocurrió, cuándo fueron comunicados el pagador y el acreedor y qué actuaciones corresponden conforme a la ley.
No normalice un descuento solamente porque lleva meses ocurriendo: escríbame o llámeme al (316) 212 4646.
MORALEJA JURÍDICA
Las deudas no desaparecen por ignorarlas, pero tampoco debe asumir que un acreedor puede hacer cualquier cosa únicamente porque usted debe dinero.
La Ley 2445 de 2025 estableció reglas concretas para el procedimiento de insolvencia, incluidos efectos sobre cobros, procesos y determinadas libranzas y descuentos una vez aceptada la solicitud.
La moraleja es sencilla: conocer sus derechos antes de que la crisis avance puede cambiar completamente la manera de enfrentar el problema.
Si tiene dudas sobre su situación, puede comunicarse conmigo directamente al (316) 212 4646.
PROTEJA SUS DERECHOS
Su salario, su vivienda y el patrimonio que ha construido durante años merecen algo más que esperar a ver qué sucede.
La insolvencia no garantiza que todas las deudas desaparezcan ni significa que todos los bienes queden automáticamente protegidos, pero para quien cumple los requisitos puede ofrecer herramientas jurídicas relevantes que deben utilizarse correctamente y a tiempo.
No espere a que llegue el embargo, el siguiente descuento o una nueva actuación de cobro para empezar a preguntar.
Llámeme o escríbame al (316) 212 4646. Conocer sus derechos puede ser el primer paso para volver a tomar el control de su historia financiera.
¿Cómo solicitar asesoría?
Si necesita orientación jurídica, escriba al WhatsApp 316 212 4646 y deje un mensaje con:
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Puede escribir palabras como: “insolvencia”, “deudas”, “embargo”, “hipoteca”, “casa familiar”, “ocultamiento de bienes”, “acreedores”, “liquidación patrimonial”, “divorcio”, “cuota alimentaria”, “custodia”, “sucesión”, “accidente de tránsito”, “registro de marca” o “conciliación”.
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Como apasionada de los temas jurídicos, mi objetivo es compartir ideas, inspiración y conocimiento a través de mis palabras.
Y aunque parezca que los abogados nos expresamos con un lenguaje de otro planeta, es nuestra responsabilidad acortar la brecha comunicativa entre abogados y no abogados, teniendo en cuenta que ambos lenguajes tanto el jurídico como el común coexisten.
También como abogada conciliadora de la organización sin ánimo de lucro “Convivencia Ciudadana” me apasiona acompañar a las personas en el proceso de buscar soluciones pacíficas a sus problemas y que sea un ‘gana-gana’ para las partes, porque otro tipo de justicia es posible.
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