Cali, febrero 24 de 2026. Actualizado: martes, febrero 24, 2026 19:37
Consejo de Ministros en Cartagena
Petro firmó iniciativa para convocar Asamblea Nacional Constituyente en Colombia
El presidente Gustavo Petro y su gabinete firmaron la iniciativa ciudadana para convocar una Asamblea Nacional Constituyente en Colombia durante el Consejo de Ministros realizado el martes 24 de febrero de 2026 en Cartagena, en un acto que marca el inicio formal de la recolección de apoyos para promover una reforma constitucional por la vía de participación popular.
Con esta decisión, el Ejecutivo respalda públicamente el mecanismo contemplado en la Constitución y en la ley para que la ciudadanía impulse cambios estructurales.
La propuesta, según lo expuesto por el mandatario, busca enfrentar un supuesto “bloqueo institucional” a través de la activación del poder constituyente mediante los canales establecidos en el ordenamiento jurídico.
El comité promotor de la iniciativa ya se encontraba inscrito ante la Registraduría Nacional desde enero de 2026, trámite que permitió recibir el aval para iniciar la entrega de formularios y avanzar en la etapa de recolección de firmas en todo el territorio nacional, conforme a los requisitos exigidos por la normativa vigente.
Requisitos y recolección de firmas
La convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente en Colombia exige el cumplimiento de condiciones formales establecidas en la Ley Estatutaria 1757 de 2015.
Entre ellas se encuentra la inscripción del comité promotor ante la Registraduría, así como la presentación del nombre de la iniciativa y la explicación detallada de su finalidad.
Además, el comité debe radicar un documento de justificación que incluya considerandos introductorios con información pertinente, los fundamentos de la propuesta y una pregunta clara que sería sometida a consulta popular.
También debe incorporar un estatuto que defina la forma de elección de los delegatarios y las reglas electorales aplicables en caso de aprobarse la convocatoria.
Superada esta fase, el siguiente paso consiste en reunir al menos el 5 % del censo electoral nacional, cifra que equivale a cerca de 2.050.000 firmas válidas.
El plazo para lograrlo es de seis meses, con posibilidad de prórroga si se cumplen las condiciones previstas por la autoridad electoral.
Trámite en el Congreso y revisión constitucional
Si el comité promotor alcanza el número de apoyos requeridos, la iniciativa se presentará como proyecto de ley ante el Congreso de la República.
El Legislativo deberá debatirla y aprobarla por mayoría absoluta, definiendo en el texto la competencia de la Asamblea Nacional Constituyente en Colombia, su composición, el período de funcionamiento y los temas específicos que abordará.
Posteriormente, la Corte Constitucional ejercerá el control de constitucionalidad correspondiente.
El alto tribunal revisará la claridad de la pregunta propuesta y los límites establecidos para el ejercicio del poder constituyente derivado, con el fin de verificar que el proceso se ajuste a los parámetros de la Carta Política.
En caso de superar esta revisión, el país acudirá a un referendo aprobatorio. Para que la convocatoria prospere, al menos una tercera parte del censo electoral deberá votar afirmativamente, lo que representa cerca de 13 millones de votos por el “Sí”.
Solo después de ese paso se podrá instalar formalmente la Asamblea Nacional Constituyente en Colombia.

