Cali, agosto 14 de 2026. Actualizado: viernes, agosto 14, 2026 21:39

Fasecolda explica qué seguro responde

¿Quién paga los daños de su apartamento después del terremoto?

¿Quién paga los daños de su apartamento después del terremoto?
Foto: IA
miércoles 12 de agosto, 2026

Después del terremoto del 10 de agosto, una grieta en un apartamento, daños en las zonas comunes del edificio o la pérdida de muebles y electrodomésticos pueden abrir una discusión que muchas familias nunca habían tenido: ¿quién paga? ¿La administración, el propietario, el banco o la compañía de seguros?

Fasecolda acaba de explicar que la respuesta depende del tipo de seguro que exista sobre el inmueble.

En Colombia pueden intervenir principalmente tres protecciones: el seguro asociado al crédito hipotecario, el seguro obligatorio de bienes comunes de una copropiedad y el seguro voluntario de hogar. Cada uno protege cosas diferentes.

Si está pagando crédito hipotecario

Una persona que todavía está pagando su apartamento posiblemente tenga una protección que desconocía.

Los inmuebles hipotecados a favor de entidades financieras deben permanecer asegurados contra incendio y terremoto durante la vigencia del crédito.

Pero existe una precisión importante sobre la indemnización: según la información divulgada por Fasecolda, la entidad financiera recibe el pago correspondiente al saldo adeudado y el asegurado recibe el excedente del valor del bien asegurado, de acuerdo con las condiciones aplicables.

Si hubo daños, el propietario debe comunicarse con la entidad financiera o con la compañía aseguradora para conocer el procedimiento de reclamación.

Si vive en un edificio o conjunto

Aquí aparece una de las confusiones más frecuentes. Que el edificio tenga seguro no significa necesariamente que absolutamente todo lo que existe dentro de cada apartamento esté cubierto.

Los edificios y copropiedades sometidos al régimen de propiedad horizontal deben contar con un seguro obligatorio para los bienes comunes, cuya protección contempla incendio y terremoto.

Ante daños en estas áreas, Fasecolda recomienda comunicarse con el administrador, quien podrá informar cuál es la aseguradora y activar el procedimiento correspondiente.

Hay además una herramienta particularmente útil después del terremoto: los ciudadanos pueden consultar en el Registro Único de Seguros (RUS) si su edificio o conjunto cuenta con este seguro obligatorio.

¿Y los muebles, televisores o computadores?

Aquí puede entrar el seguro voluntario de hogar. De acuerdo con Fasecolda, esta póliza permite proteger la vivienda frente a incendio y terremoto según el valor asegurado contratado y puede incorporar coberturas adicionales para contenidos.

Dependiendo de la póliza, pueden estar protegidos muebles y enseres, equipos eléctricos y electrónicos, computadores, televisores, neveras e incluso bicicletas.

Algunas compañías ofrecen además servicios de asistencia como plomería, cerrajería, cambio de vidrios y atención médica para el hogar.

Las coberturas y valores, sin embargo, dependen de cada contrato.

Por eso, después del terremoto no basta con preguntar “¿tengo seguro?”. La pregunta correcta es: ¿qué seguro tengo y exactamente qué protege?

No tiene que resolverlo todo inmediatamente

Otro dato relevante entregado por Fasecolda tiene que ver con los tiempos.

El gremio explica que las acciones derivadas del contrato de seguro están sometidas a términos de prescripción ordinaria y extraordinaria de dos y cinco años, respectivamente, según lo establecido en el artículo 1081 del Código de Comercio.

Esto no significa que sea conveniente esperar: Fasecolda recomienda realizar un primer aviso a la compañía para recibir orientación y tomar medidas que ayuden a mitigar los daños.

Además, un terremoto puede activar otras protecciones.

Dependiendo de las circunstancias y de las coberturas contratadas, pueden existir seguros de vida, salud, riesgos laborales, exequiales, vehículos o contenidos de vivienda.

Después de una emergencia de esta magnitud, revisar las pólizas puede parecer una tarea secundaria, pero puede representar una diferencia económica enorme.

El banco puede tener un seguro sobre la vivienda, la copropiedad otro sobre los bienes comunes y el propietario uno adicional sobre su hogar y sus pertenencias.

Entender cuál existe, qué cubre y a quién debe hacerse la reclamación es el primer paso para saber quién puede responder por los daños que dejó el terremoto.


¿Quién paga los daños de su apartamento después del terremoto?

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