Cali, julio 23 de 2026. Actualizado: jueves, julio 23, 2026 20:22
Corte Suprema fija límites sobre salud mental en acuerdos
Conciliación laboral: la validez más allá de lo emocional

Por: María Paula Bernal, abogada de Derecho Laboral y Seguridad Social en Scola Abogados
En un momento en el que cada vez hablamos más de salud mental y bienestar en el trabajo, especialmente en regiones como el Valle del Cauca, donde el ritmo empresarial no se detiene, surge una duda que muchos prefieren evitar: ¿Atravesar un diagnóstico médico o un momento emocional difícil significa que una persona no carezca de la capacidad de tomar decisiones?
Al respecto, la reciente sentencia SL2418 de 2025 de la Corte Suprema de Justicia da una respuesta clara, pero también incómoda: no necesariamente.
El caso ilustra con claridad el problema. Un trabajador firmó un acuerdo para terminar su contrato.
Tiempo después, quiso dejarlo sin efecto argumentando que, en ese momento, tenía dolores físicos y estaba en tratamiento psiquiátrico, lo que según él afectaba su capacidad para decidir.
Sin embargo, la Corte concluyó que, aunque el trabajador presentaba dolor crónico y tratamiento psiquiátrico, no se acreditó una afectación mental que anulara su voluntad.
El material probatorio mostraba que el trabajador se encontraba orientado, lúcido y con capacidad de comprensión al momento de suscribir el acuerdo.
La capacidad de decidir no desaparece por un diagnóstico médico
Aquí está el punto clave: tener una enfermedad, sentir dolor o pasar por un momento emocional difícil no significa automáticamente que una persona no pueda decidir.
Para que un acuerdo pierda validez, debe demostrarse algo mucho más profundo: que la persona realmente no entendía lo que firmaba o no podía decidir libremente.
¿Por qué esto es importante? Porque en la práctica, muchas empresas y también trabajadores tienden a asumir que cualquier condición de salud mental invalida decisiones.
Y eso no solo es incorrecto, sino que puede generar inseguridad en acuerdos que, en su momento, fueron claros y voluntarios.
Esto no significa, por supuesto, que las empresas deban actuar con frialdad. Todo lo contrario. Este tipo de decisiones exige más cuidado, más claridad y más responsabilidad.
Explicar bien, dejar todo por escrito, asegurarse de que la otra persona entiende.
No se trata de proteger un papel, sino de proteger una decisión.
En una región como el Valle del Cauca, donde las relaciones laborales son clave para el crecimiento empresarial, este mensaje cobra especial relevancia.
La confianza no se construye evitando decisiones difíciles, sino garantizando que se tomen de forma consciente y transparente.
Al final, esta sentencia nos recuerda algo simple pero poderoso: las personas pueden atravesar momentos difíciles y, aun así, ser plenamente capaces de decidir. Desconocerlo no es protegerlas; es, en muchos casos, subestimarlas.

