Cali, agosto 13 de 2026. Actualizado: jueves, agosto 13, 2026 22:16
Atención a los afectados
Atención médica a afectados por el terremoto no requiere autorización de ADRES: esto deben saber los pacientes
La atención médica a afectados por el terremoto no requiere autorización previa de la ADRES.
La entidad informó este 13 de agosto de 2026 que clínicas, hospitales y centros de salud deben prestar los servicios médicos a las personas afectadas, independientemente de su estado de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
La comunicación también establece el procedimiento que deben seguir las instituciones para solicitar el reconocimiento de los recursos correspondientes a esos servicios.
Atención sin autorización
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, ADRES, precisó que los prestadores no necesitan solicitar su autorización antes de atender a las personas afectadas.
Por esta razón, clínicas, hospitales y centros de salud deben garantizar la prestación de los servicios médicos sin establecer como condición una aprobación previa de la entidad.
Además, la ADRES indicó que la afiliación al sistema de salud tampoco determina la prestación del servicio. Según el comunicado, las instituciones deben garantizar la atención médica a afectados por el terremoto sin importar su estado de afiliación.
La indicación aplica para las personas que necesiten servicios médicos como consecuencia de la situación informada por la entidad.
El comunicado también aborda el reconocimiento de los recursos derivados de los servicios de salud que las instituciones presten a los afectados.
En estos casos, clínicas y hospitales deben presentar las solicitudes mediante el nuevo sistema de radicación de reclamaciones dispuesto por la ADRES.
Este mecanismo corresponde al trámite establecido por la administradora para gestionar esas reclamaciones.
Por otra parte, la entidad precisó los conceptos que no forman parte de este reconocimiento.
La ADRES no reconoce recursos por daños materiales ni por afectaciones a infraestructuras físicas.
Su comunicación se refiere al reconocimiento relacionado con los servicios de salud prestados a las personas afectadas por el terremoto.
Canales de atención
La ADRES recordó que todos los trámites realizados ante la entidad son gratuitos y no necesitan intermediarios. Esta información forma parte de las orientaciones divulgadas para las instituciones y personas que requieran adelantar procedimientos relacionados con la atención y las reclamaciones correspondientes.
Para resolver inquietudes o establecer contacto, la entidad mantiene habilitado el conmutador 601 742 22 08. También dispone de la línea nacional 01 8000 423 737 y del correo electrónico: [email protected]. Estos canales aparecen en el comunicado divulgado este 13 de agosto.

